miércoles, 10 de febrero de 2021

Cuando Franco decretó el estado de excepción

 

Tal día como hoy 10 de febrero de 1956 se decretaba el estado de excepción en España y la Universidad Central (institución precedente a la actual Complutense) cerraba sus puertas.

Se trataba de las primeras protestas universitarias visibles contra el régimen de Franco, que tuvieron su origen en el intento de la celebración de un Congreso Nacional de estudiantes que estuviera organizado al margen del Sindicato Español Universitario (SEU), una organización de carácter falangista y la única asociación estudiantil legal en aquella época.

Algunas de las cabezas visibles de estos sucesos de 1956 fueron Javier Pradera, Enrique Múgica y Ramón Tamames, que el 1 de febrero repartieron un manifiesto que denunciaba la precaria situación de profesores y alumnos universitarios y el “monopolio del pensamiento, de la expresión, de la vida corporativa, de la vida universitaria”. El manifiesto también llegó a la prensa, y al día siguiente muchos medios internacionales se hicieron eco del mismo.

Pocos días después, el SEU suspendía las elecciones a delegados en la Facultad de Derecho de la Universidad Central, las revueltas comenzaron y los acontecimientos se precipitaron. El 8 de febrero la Guardia de Franco asaltaba la Facultad y al día siguiente se produjeron enfrentamientos entre el colectivo de estudiantes y un grupo de falangistas en la madrileña calle de San Bernardo.

Durante la pelea un miembro de 17 años de las Falanges Juveniles cayó gravemente herido por arma de fuego. A pesar de que los estudiantes no llevaban armas, Dirección General de Seguridad les acusó del disparo y el 9 de febrero se suspendieron las clases.

Como explica Andrea Fernández-Montesinos en su tesis de máster titulada “Hijos de vencedores y vencidos: los sucesos de febrero de 1956 en la Universidad Central”, el 10 de febrero se suspendieron los artículos 14 (“Los españoles tienen derecho a fijar libremente su residencia dentro del territorio nacional.”) y 18 (“Ningún español podrá ser detenido sino en los casos y en las formas que prescriben las Leyes. En el plazo de 72 horas, todo detenido será puesto en libertad o entregado a la Autoridad judicial.”) del Fuero de los Españoles. por un periodo de tres meses.


 

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