sábado, 15 de octubre de 2016

Historia de la “pena de galeras”

 
Tal día como hoy 15 de octubre  de 1749, se suprime en España por primera vez la pena de galera. La condena a galeras, se imponía a determinados delincuentes por la comisión de hechos denigrantes o por reincidencia que presumían la no rehabilitación del condenado y consistía en remar en las galeras del rey.

La ley establecía que la pena de muerte impuesta por delitos como; robos, asaltos en caminos, casas o campos y otros semejantes, debían conmutarse por la de galeras, no debiendo ser menor de dos años, y siempre que los delitos no fuesen tan graves que resultara aplicar la pena de muerte.

Los condenados a galeras eran denominados “galeotes” y se asignaban cinco para cada remo, por lo que  generalmente la “gente de remo o chusma” estaba formada por condenados o esclavos turcos y berberiscos, aunque también había remeros voluntarios o “buenas boyas” que solían ser galeotes que, cumplida su condena, volvían a cambio de una paga.

Las necesidades bélicas crecientes, hicieron necesario gran número de galeras y, por lo tanto muchos bogadores, pues junto a la función militar, la galera desempeñó un papel fundamental en la historia penitenciaria española y ante la disminución de remeros voluntarios, en  1530 se facultó a la justicia para conmutar penas por el servicio al remo, facilitando así  mano de obra casi gratuita a las galeras reales.

La duración de las condenas oscilaba entre dos a diez años, no debía ser inferior a dos, ya que se necesitaba al menos uno para ser buen bogador, y en cuanto al límite máximo, se establecieron  diez, pues tras diez años, el forzado había envejecido y perdido su eficacia como remero, por lo que podía convertirse en un estorbo y un gasto innecesario para la Real Hacienda.

Una vez el galeote llegaba a su destino, a los que alegaban estar enfermos, se le hacía un reconocimiento médico y tras inscribirlos en el “libro general de forzados”, se le situaba en su asiento individual, en donde no se distinguía entre esclavos y forzados, en la alimentación, el vestido y cuidado sanitario, afeitándoles la cabeza para identificarlos en caso de fuga, salvo a los musulmanes que se les permitía llevar un mechón de pelo, pues según su creencia, al morir Ala les asiría del pelo para llevarlos al Paraíso.

La ración diaria de alimentos, consistía en dos platos de potaje de habas o garbanzos,  bizcocho, que era un pan doblemente horneado, y unos dos litros de agua y a los “buenos boyas” se les añadía algo de tocino y vino y, en vísperas de batalla, se daban raciones extra de legumbres, aceite, vino y agua.

En una galera, la chusma estaba formada por unos 250 galeotes, a los que se le sumaba la gente de mar y de guerra, los primeros eran marinos encargados de gobernar la nave y los segundos soldados  cuya misión era el combate, que en total podían sobrepasar los 500 hombres por galera.

El cómitre y sus alguaciles recorrían continuamente la crujía, encargados de marcar el ritmo de boga con tambores y trompetas y fustigando con los rebenques a los galeotes.

En 1748, se ordenó que los reos que hubieran sido condenados a galeras fuesen destinados a los arsenales de Ferrol, Cádiz y Cartagena, al no existir ya tales barcos, y esta pena vino a sustituir a la de galeras. Pero en febrero de 1785, se restableció de nuevo la pena, aunque por Real Orden de diciembre de 1803 se dispuso que nadie fuese condenado a galeras,“por no hallarse éstas en estado de servir”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario