Tal día como hoy, 5 de diciembre de 1930: La Real Academia Española, aprueba el uso de los sustantivos femeninos, que indiquen profesiones o cargos.
En diciembre de 1930, la Real Academia Española aprobó el uso de sustantivos femeninos para profesiones y cargos, un hito importante en la evolución del lenguaje, y en la visibilización del rol, de la mujer en la sociedad.
Esta aprobación permitió el uso de formas, como "la ministra" o "la jueza", que hasta ese momento, eran menos comunes o se evitaban.
La Real Academia Española (RAE), de manera esquemática, publica las reglas de feminización de nombres de profesiones. Estas reglas las establece atendiendo únicamente a criterios morfológicos, no obstante reconocer que en el modo de marcar el género femenino, en los sustantivos que designan profesiones, cargos, títulos o actividades, influyen tanto cuestiones puramente formales, sobre la etimología, la terminación del masculino, etc, como condicionamientos de tipo histórico y sociocultural, en especial el hecho, de que se trate o no de profesiones o cargos, desempeñados tradicionalmente por mujeres.
Las sucesivas actualizaciones, del Diccionario de la Real Academia Española, han venido admitiendo propuestas, inicialmente rechazadas. Ejemplo de ello es el criterio en el año 2001 estableció la Real Academia: debe decirse la primera ministra, y no la primera ministro ni primer ministro.
Se zanjó así la polémica planteada en 1977, a la hora de referirse a Margaret Thatcher. Sin embargo, en el año 2005, si bien no dudó la RAE, en decidir el nombre de la canciller, no admitió “la cancillera”, quedando, como voto particular en contra, el del académico García Yebra.
Hay oficios respecto de los que el Diccionario de la Real Academia, no admite la forma femenina. Ejemplo de ello son albañila, peinetera y cachuchera. Se da la circunstancia de aceptar el término albañila, respecto del nombre de un insecto, que se caracteriza por construir tabiques de barro, que separan las celdas de sus nidos: la abeja albañila y en cambio la mujer que ejerce ese oficio, sería una albañil.
Hay otros casos, en algunas personas recomiendan no utilizar, la denominación de un oficio en femenino, porque podría confundirse a la hipotética mujer que lo practicase, con un objeto, concepto, adjetivo, etc. Ejemplo: “música” en el sentido de mujer, que se dedicase a esta profesión y en el de arte que se vale de combinar los sonidos, con melodía, ritmo y armonía.
La Real Academia, por su parte, ya incluía la profesión de “música” en su diccionario de 1947. Sin embargo nada se dice, respecto al objeto “frutero” y al oficio, masculino, del mismo nombre. Tampoco hay problema, con el oficio masculino sereno y el adjetivo.
Por otro lado están los nombres femeninos, que no derivan del masculino, pues está documentado que aparecieron antes, el estado o el oficio femenino: beguina, costurera, hilandera, niñera, modista. A pesar de ello, el diccionario no recoge la entrada en femenino.
La feminización de nombres masculinos, que designan profesiones, oficios, trabajos, no depende solo de las reglas gramaticales, pues a su aceptación es frecuente que se opongan argumentos que, en palabras de la doctora en filología románica Eulalia Lledó: "De todo ello se puede colegir que cuando se dirime una cuestión que relaciona sexo, género, o género lingüístico, nunca se está hablando sólo de lengua".













