La edad de una persona puede definirse, como el tiempo de existencia de la misma, contado a partir del momento en que se produce su nacimiento, es decir, como el período de tiempo que media, entre el alumbramiento y el momento que se considere, de la vida de una persona.
Es, por tanto, un estado o cualidad física de la persona, que se ostenta de forma temporal y se encuentra, en constante avance.
Los ordenamientos jurídicos, suelen establecer un límite de edad, llamado mayoría de edad, que determina el paso de la incapacidad general de la persona, a su capacidad de obrar plena, es decir, la posibilidad de ejercer por sí misma, los derechos y obligaciones atinentes a su persona y bienes.
Con todo, la división no es tan tajante como pudiera parecer, pues los mayores de edad pueden sufrir limitaciones, a su capacidad (por ejemplo, por incapacitación) y los menores tienen siempre, cierta capacidad en función de su edad y sus condiciones de madurez, (por ejemplo, para trabajar).
Según se establece en la Constitución Española, de 6 de diciembre de 1978 en su artículo 12, los españoles son mayores de edad a los dieciocho años, a partir de esa edad, se obtiene plena capacidad, para realizar actos jurídicos válidos y ser responsables de los mismos.
Es decir, se puede votar y ser votado, firmar cualquier tipo de contrato, comprar o vender cosas, ejercer acciones jurídicas, ser titular de negocios etc., y, en consecuencia, ser responsable, personalmente, de las consecuencias de todos tus actos.
Este límite de edad, además de equiparar al ordenamiento español con los de su entorno político y cultural (Francia, Alemania, Italia, etc.), supone el punto de llegada, de un largo proceso histórico de rebaja, de la mayoría de edad, En algunas Comunidades Autónomas existen peculiaridades en su normativa sobre mayoría de edad.
Edad necesaria en España para:Contraer matrimonio: Hasta ahora, el Código Civil admitía el matrimonio de menores, siempre y cuando estuvieran emancipados y fueran mayores de 14 años. Además, debían contar con la dispensa de un juez.
La Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, elimina la dispensa matrimonial de edad, al elevar la edad mínima para contraer matrimonio, de 14 a 16 años, de acuerdo con la propuesta realizada, por los Ministerios de Justicia y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Consentimiento sexual. Actualmente está situada en los 16 años. En España, la edad de consentimiento sexual, se sitúa en los 16 años desde la reforma del Código Penal del año 2015. En ese momento, se elevó dicha edad, que hasta ese momento, era de 13 años .
Aborto:Se fijan los 16 años como la mayoría de edad para abortar. Las embarazadas menores de edad, tendrán que informar al menos a uno de sus representantes legales, (padre, madre o tutor) ,si toman la decisión de abortar.
Sin embargo, no será necesario informar a los progenitores, si se alega coacción, situación de violencia familiar, malos tratos, amenazas, o se produzca una situación de desamparo. Esta ley garantiza la interrupción voluntaria del embarazo, siempre y cuando se realice por un médico especialista, ya sea en un centro sanitario público o uno privado acreditado.
Alcohol y Tabaco: En España, no se es mayor para beber alcohol, (incluidos la cerveza y el vino), hasta los 18 años. En cuanto al tabaco, en España no se puede comprar una cajetilla hasta los 18 años.
Voto: Los jóvenes españoles no pueden votar en las elecciones hasta los 18 años.
Emancipación: Establecida hasta ahora en los 16 años.
Trabajar: En España, se prohíbe la admisión al trabajo de los menores de 16 años. Por tanto, si un menor comienza a trabajar, aunque se tenga autorización de los representantes legales, (ya sea padre, madre, tutor o institución legal que la tenga asumida), estará infringiendo la ley, con sus consiguientes consecuencias tanto para los padres, como para quien los contrate.
Sin embargo, aquellas personas mayores de 16 pero menores de 18 años, que no vivan de forma independiente, deben contar con la autorización de sus representantes legales.
En resumen: cumplir 18 años en España abre una nueva etapa en tu vida llena de oportunidades y de responsabilidades.
Con la mayoría de edad, adquieres muchos derechos y libertades que te permiten tomar decisiones propias y participar activamente en la sociedad, pero también responsabilidades de cara a la justicia y a la misma sociedad.
No dudes en buscar información sobre tus derechos y responsabilidades, aprovechando todas las oportunidades y haciendo un uso racional de tu nueva situación. ¡Felices 18 años!
No hay comentarios:
Publicar un comentario