jueves, 9 de marzo de 2017

Las pruebas de nobleza y limpieza de sangre.

Tal día como hoy 9 de marzo de 1812, son abolidas en España las pruebas de nobleza para ingresar en el Colegio de Artillería, sustituyéndose por las de “limpieza de sangre”.

Las prueba de nobleza se hacían para poder demostrar la pertenencia a esta clase social, y fueron perdiendo progresivamente vigencia en nuestro país, tras la relativa modernización surgida después de la Guerra de Independencia.

Existían cuatro tipos de pruebas; las de “posesión local”, para lo cual era preciso que el pretendiente y su padre, hubiesen tenido la condición de hijodalgo durante de 20 años en la localidad donde vivían, siendo denominados “hidalgo de gotera o de canales adentro” lo que significaba que cuando salían del lugar, perdían esta condición.

Para acreditar la “posesión general” tres personas habían de declarar que el pretendiente, su padre y su abuelo estuvieron en posesión de la hidalguía durante veinte años continuos, lo cual había de defenderse ante el procurador fiscal y al concejo del pueblo y si estos vencían, se despojaba de la condición al pretendiente

Una vez demostrado, se declaraba la “propiedad posesoria”, obtenida una vez probada la nobleza del pretendiente, su padre y abuelo, pasando por último a la “prueba de la inmemorial” en donde se le declara hijodalgo, imponiendo perpetuo silencio a los contradictores.

No obstante a partir de ese día, para poder ser aspirante a oficial del ejército, se continuó exigiendo “pureza de sangre”, realizado mediante lo previsto en el “Estatuto de Pureza de Sangre.”

Tal estatuto era un instrumento jurídico, aprobado por la Santa Sede, los reyes o ambos poderes, por el que se excluía de muchas corporaciones, por infames y no firmes en la fe, a los descendientes de judíos, moros y condenados por la Inquisición.

Se apoyaba esto en la idea, de que la sangre no cristiana de un individuo lo marcaba, debiendo para buscar esa mancha, ir tan lejos como permitiesen los documentos, excluyéndoles en caso contrario del ascenso social y político y cerrándoles el paso a instituciones de honor.

La razón era que estos premios solamente debían darse a los que los hubiesen merecido o heredado de sus padres, lo cual no era posible cuando sus ascendientes dieron muerte a Jesucristo o eran herejes, ya que la infamia se transmitía de generación en generación.

Para realizar el expediente, se nombraba un comisario o informante y un notario apostólico, que se trasladaban a la población natal del aspirante y averiguaban la naturaleza de sus padres y abuelos tras oír a varios testigos, desplazándose a cuantas poblaciones fuese necesario para ello.

Las diligencias eran secretas, para impedir que los testigos estuviesen aleccionados sobre lo que debían declarar, testificando por lo general ocho personas que conociesen al aspirante y su familia.

Las pruebas se basaban en declaraciones orales de testigos a los que se presumía imparciales, lo que quizás era posible en las ciudades, pero imposible en los pueblos, donde todos se conocían y existían prejuicios y “etiquetas” sobre la buena o mala fama familiar de cada uno.

1 comentario:

  1. Jajjaja, españa y sus leyes aristocráticas. Saludos desde México.

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