sábado, 18 de abril de 2015

Las Cortes del Reino de León, las primeras de Europa

Tal día como hoy 18 de abril de 1188, se inauguran las Cortes del Reino de León, primeras de la historia en dar voz y voto a los tres estamentos de ese momento: el clero, la nobleza y el pueblo llano

Las Cortes de León de 1188, se celebraron al inicio del reinado de Alfonso IX, en el claustro de la Basílica de San Isidoro de León y han sido reconocidas por la Unesco, en el año 2013, como “el testimonio documental más antiguo del sistema parlamentario europeo”.

Con anterioridad, las de mayor importancia política fueron las Cortes de León de 1135 - llamadas "Concilio de León"- en las que Alfonso VII, fue proclamado Emperador, con asistencia de los arzobispos, obispos, abades, condes, príncipes y duques del Reino, condes de Barcelona y Tolosa y otros de Gascuña y de Francia que daban parias al Emperador, y se reconocían por sus vasallos.

Sólo se puede entender el acontecimiento de 1188, siguiendo los importantes hechos que tuvieron lugar en esa época.

Tras la coronación de Alfonso VII de León en 1135, con una multitudinaria presencia del pueblo llano, como nunca antes habia habido y, que por motivos de la lucha de la reconquista, la corona necesitaba ingresos para la guerra contra los musulmanes,  el rey creó nuevos impuestos, suponiendo este hecho un alza de precios y por eso, la clase ciudadana exigió contrapartidas y poder regular el gasto de la corona.

Por todo ello, en 1188, Alfonso IX convoca a la “Curia regia del Reino”, a la que por primera vez se suman representantes de las principales ciudades, siendo considerada esta medida, como el primer ejemplo del parlamentarismo moderno en la historia de Europa occidental.

Las Cortes se constituyeron con tres estamentos: Privilegiados, es decir, el clero y la nobleza y los nos privilegiados, que eran los representantes de las ciudades y el pueblo llano.

Los privilegiados aparecen en un diálogo entre el rey y la curia y por otro lado, los representantes de las ciudades y villas y cada uno de tales estamentos, se consolidó por separado, aunque solo se incorporaron elementos populares por las necesidades económicas.

En ellas se acuerda reconocer la inviolabilidad del domicilio, del correo, la necesidad del rey de convocar Cortes para hacer la guerra o declarar la paz, y se garantizan numerosos derechos individuales y colectivos.

En estas Cortes, además se promulgaron nuevas leyes para proteger a los súbditos y sus bienes, contra abusos y arbitrariedades de los nobles, del clero y del propio Rey, por lo que este importante conjunto de decretos, han sido calificados como “Carta Magna Leonesa”.

La legislación de Alfonso IX, no introduce sin embargo novedades importantes, sino que solo pretende profundizar en el pacto feudal, sobre el que se construye la legitimidad monárquica.

Los análisis referidos a los “Decreta”, por ejemplo, prohíben atentar contra la propiedad ajena, resolver las querellas ante la justicia o, la promesa del Rey de no entrar en Guerra sin contar con todos los que le debían dar su consejo.

Después de la iniciativa de Alfonso IX de León, varios reinos de Europa occidental convocaron Cortes, Parlamentos o Estados Generales con la participación de representantes de las ciudades, como el caso de el Reino de Aragón o el Reino de Inglaterra.

Su importancia fue fundamental, pues abrió el camino para que el Tercer Estado participase en las decisiones de gobierno, por primera vez en Europa.

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