Tal día como hoy 6 de julio de 1573,
en la actual provincia de Córdoba -Argentina-, el adelantado
español Jerónimo Luis de Cabrera funda en la margen izquierda del
río Suquía, la aldea de Córdoba La Llana de la Nueva Andalucía.
En 1599, llegarán los religiosos Jesuitas instalándose allí para
hacer de estas tierras su punto central para la evangelización.
Jerónimo Luis de Cabrera nació en
Sevilla, en 1520 y fue un militar, explorador, conquistador,
colonizador, comendador, adelantado, y gobernante español en
Sudamérica.
Es también reconocido por haber
fundado la ciudad de Ica, en Perú, que le valió el nombramiento de
corregidor y justicia mayor de Potosí por parte del cuarto virrey
del Perú, Diego López de Zúñiga, conde de Nieva.
El virrey sucesor, Francisco Álvarez
de Toledo, lo nombró gobernador del Tucumán en 1571 pero por
desobedecer sus órdenes al fundar la ciudad de Córdoba el 6 de
julio de 1573, sería reemplazado en el cargo en 1574 y ejecutado por
aquella razón en el mismo año.
Es por esto que Gonzalo de Abreu y
Figueroa que asumió el cargo como nuevo gobernador del Tucumán,
advirtió que Cabrera había desobedecido las órdenes virreinales y
le inició un juicio sumarísimo, a pesar de las protestas de los
vecinos. Lo persiguió a él y también a sus amigos, subastó sus
bienes a precio vil, siendo Abreu el propio adquiriente, lo mandó
apresar, y finalmente lo condenó a muerte.
Existen dos versiones sobre su muerte:
una, que Cabrera recibió el garrote junto a su propio lecho de
enfermo, sin permitírsele recibir los sacramentos ni poder
despedirse de su esposa e hijos. La otra, que Cabrera, como era
hidalgo, evitó ser muerto con garrote vil, pero fue trasladado a
Santiago del Estero, donde fue decapitado el 17 de agosto de 1574
Lo que debe recordarnos que la
conquista de la América Hispana no fue solamente militar, sino, ante
todo, jurídica e institucional, además de religiosa pues transcurre
en paralelo a la Evangelización.
La Monarquía Hispánica trasplantó al
Nuevo Mundo el Derecho castellano, de raíz romana y con huellas de
toda su trayectoria histórica medieval. Un Derecho en el que cabían
la publicidad, la controversia y la disparidad de opiniones y que,
para no degenerar en arbitrariedad, necesitaba el soporte documental
y burocrático propio del primer Estado Moderno.
En ese sistema, los conquistadores
españoles, no solamente respondían a su particular iniciativa en lo
material y económico, sino que eran oficiales públicos en su gobierno y su ejercicio
judicial.
Por eso estaban sometidos a la
fiscalización de sus actos y debían dar cuenta al rey de las
responsabilidades contraídas en el desempeño de su cargo.
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