viernes, 7 de diciembre de 2018

Cuando el Tribunal de Derechos Humanos condenó a España

Tal día como hoy 7 de diciembre 1988, el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, condenó a España por defectos procesales en el juicio contra los asesinos del industrial Bultó.

José María Bultó fue un brillante empresario catalán, de una familia burguesa de rica tradición industrial textil y en su momento la más acaudalada de Cataluña.

Fue asesinado el 9 de mayo de 1977 en un atentado cometido por la organización terrorista “Exèrcit Popular Català”- surgida en Cataluña como una imitación de la ETA - tras estallar una bomba que dos de sus militantes le adosaron al pecho, bajo amenaza de hacerla explosionar si Bultó no pagaba 500 millones de pesetas - unos 3 millones de euros - siendo condenados varios terroristas por su intervención en este asesinato.

El empresario, que desde el primer momento se negó a pagar, murió pocas horas después en su casa del barrio residencial de Pedralbes desde donde tenía intención de acudir a una comisaría, al intentar desprender el artefacto explosivo de su pecho.

Las condenas oscilaron entre los 36 y 12 años años de prisión, según el grado de participación de cada uno en los hechos, como autores de delitos de homicidio e integrantes o colaboradores con bandas armadas.

Tras acudir en amparo al Tribunal Constitucional, este lo denegó por la complejidad del caso, así como el hecho de que "el asunto del que conoció el juzgado de Barcelona no reclamaba una preferencia".

Las sentencias fueron recurridas entonces por los reos, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y este condenó a España, al considerar que el retraso de la Administración de Justicia española superó "todo plazo razonable", declarando culpable al Estado español.

En concreto, el tribunal declaró violado el Convenio Europeo de Derechos Humanos, por el que se establece, entre otras cosas, que "toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable, por un tribunal independiente e imparcial".

Esto supuso una crítica sobre la falta de garantías, además de advertir en la sentencia otra de las lacras de la justicia española: su lentitud y retraso.

Tras la sentencia sobre los encarcelados en base a la llamada “Doctrina Parot”, el Tribunal de Derechos Humanos, ha  vuelto a cuestionar de nuevo a los tribunales españoles.

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